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Contratar con empresas
debidamente constituidas e inscritas como transportistas en la Dirección
General de Circulación Terrestre del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones.
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Celebrar un contrato por el
servicio de transporte incluyendo cláusulas de obligado cumplimiento por
el transportista.
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Si los vehículos son propios
dotarlos con GPS y con dispositivo de seguridad controlado por satélite
para dejar el vehículo sin electricidad.
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La empresa debe preocuparse
de verificar que las personas que realizan trabajos como prestadoras de
servicios, ya sea el transportista o conductor, no tengan antecedentes
penales por delitos de robo, hurto, contrabando u otros similares.
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Que el personal encargado de
seleccionar a los camioneros o transportistas tenga un mínimo de tres
años laborando en la empresa.
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Que los camioneros y sus
ayudantes tengan prestando servicios periódicamente por lo menos con una
antigüedad de 18 meses.
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Se recomienda que las
empresas mantengan un intercambio constante de información relacionada
con dueños de empresas prestadoras de servicios y nombres de conductores
que sean registrados por este tipo de delitos.
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Contribuir con la formación
de una base de datos en un gremio de empresarios, donde se registren a
los transportistas y conductores que sean denunciados por este tipo de
delitos.
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Se insinúa a las empresas
reinstruir al personal administrativo y de control. Dejar establecido en
forma real los horarios de salida y de llegada de todas las veces que el
conductor se deba trasladar con el contenedor cargado, ya sea
planta-cliente, cliente-puerto, etc.
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Se aconseja no permitir que
los conductores sean quienes suministren los
precintos, seguros o sellos que deben
instalarse en los contenedores, a menos que hayan sido entregados bajo
registro por las empresas.
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Instruir a los conductores y
personal responsable del recibo de los contenedores que cada vez que se
entregue un contenedor se revise por ambas personas y se realice
mediante un formulario donde queden estampadas la hora de recibo o
salida, quién recibió y bajo sus respectivas firmas en señal de
conformidad.
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Exigir a las autoridades
competentes que en lo posible los aforos de los contenedores no se
realicen a la vista de terceros no involucrados en la gestión (como
otros conductores o agentes de aduanas) a objeto de evitar que se
visualice el contenido de la mercadería.
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En caso tengan vehículos
propios se recomienda a las empresas mantener un supervisor de ruta, el
cual controle a los conductores mediante celular u otros medios para
tener conocimiento del lugar físico de su ubicación.
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Asignar rutas preestablecidas
de desplazamiento, considerando horarios de salida y estimativos de
llegada.
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Exigir y considerar en la
guía que porta el conductor el peso de salida y de llegada a sus
destinos.
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Que de acuerdo a la gran
modalidad de formas utilizadas por los conductores que se prestan al
robo de mercaderías, se recomienda crear una oficina en donde los
precintos o sellos o seguros, una vez cortados, sean debidamente rotulados para su posterior
examen a fin de detectar posibles ilícitos y sus responsables.
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Mantener un registro
actualizado de conductores que registren mermas y robos en sus
servicios.
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Considerar los auto-robos que
se producen con personal del mismo cliente en complicidad con el
conductor.
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Cada vez que se produzca una
merma o un robo efectuar las denuncias correspondientes, ya que de esta
forma se facilita el accionar policial.
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Dada la posibilidad de que
los delincuentes simulen ser policías en control de ruta, sólo obedecer
instrucciones de personal policial que se desplace o fiscalice en
vehículos institucionales correspondientes.
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Si tiene que dejar el
vehículo cerrarlo con llave al bajar, aunque sea por un momento.
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Utilizar bastones, de preferencia los que van del
volante al pedal del freno, cadenas o alarmas.