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 10 de enero de 2005

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El Fraude Marítimo Más Grande de la Historia - Baratería

Preliminar

Caso Everth versus Hannam (1815). Se aseguró un buque para su travesía desde Jutland a Leith.  En ese entonces Noruega sufría el bloqueo de Suecia.  Durante la travesía, el buque asegurado navegó cerca de las costas de Noruega y fue arrestado por los suecos que más tarde requisaron el buque y su carga por violar el bloqueo.  El demandante propietario del buque alegó que la pérdida había sido causada por un acto de baratería por parte del capitán al acercar el buque a las costas noruegas.

Sin embargo, el tribunal falló que, a fin de indemnizar pérdidas causadas por actos de baratería, era necesario demostrar que los actos del capitán fueron esencialmente de naturaleza criminal. Debido a que la evidencia era insuficiente para probar intención criminal, los actos del capitán no podían ser considerados de baratería, y por consiguiente, los aseguradores no eran responsables conforme a la póliza. 

El Presidente de la Corte, Juez Gibbs expresó: …Habiendo considerado el caso, pensamos que esto no es suficiente como para acusar al capitán de baratería a fin de concederle el derecho al demandante a ser indemnizado sin realizar mayor investigación.  El capitán no puede ser acusado de baratería, a menos que actúe criminalmente; no se puede presentar una acusación basándose en la simple declaración indicando que iba rumbo a Leith; pudo haber sido así, o el capitán pudo haber recibido órdenes de atracar en Noruega.

El Fraude Marítimo Más Grande de la Historia

Una interpretación mas reciente de la palabra “baratería” fue dada por el (en ese entonces) juez Mustill, en el famoso caso de Salem, donde dicho juez se refirió a "baratería" como "esa palabra rara". Este caso ha sido denominado como el fraude marítimo más grande de la historia.

Shell International Petroleum C. Ltd. versus Cayl Anthony Vaughan Gibbs, ‘Salem’ [1981] 2 Lloyd’s Rep 316 [1982] 1 Lloyd’s Rep 369, [1983]1 Lloyd’s Rep 342, HL (Cámara de los Lores)

El caso trata de una conspiración para vender un gran cargamento de petróleo ilegal a la South African Fuel Fund Association (SFF) rompiendo un embargo impuesto por las Naciones Unidas vigente en ese momento contra toda importación de tal índole a Sudáfrica. Los conspiradores adquirieron un buque cisterna grande y lo registraron bajo el nombre de Salem, perteneciente a la Oxford Shipping Company Inc. asegurándolo con los demandados bajo una póliza SG de Lloyd.  El buque luego fue ofertado en el mercado libre para una travesía desde el Golfo Pérsico hasta los usuales puertos europeos y caribeños.  El buque fue debidamente fletado por Pentoil. En Kuwait se cargaron 200,000 toneladas de petróleo crudo a bordo, aparentemente para la travesía anunciada.  Poco después de salir de Kuwait, Pentoil vendió la carga a los demandantes (Shell Oil).  Al llegar a Durban, el nombre del buque fue cambiado a Lema entrando a puerto donde descargó todo menos 15,840 toneladas de residuo.  Luego lo cargaron con agua de mar para el lastre, a fin de hacerlo parecer como aún cargado, y partió hacia la costa oeste de África.  Luego de recibir el pago por la carga, el buque fue hundido por la tripulación por órdenes de los conspiradores.  Shell presentó su reclamación al amparo de su póliza de seguro por la pérdida, alegando, entre otras cosas, baratería como causa de la pérdida.

En primera instancia, el juez Mustill sostuvo que debido a que la compañía Oxford Shipping era la propietaria del buque Salem y que, sin lugar a dudas, tenían conocimiento del acto deshonesto, la reclamación de los demandantes (Shell Oil) sobre la premisa de baratería no procedería.  En un claro y conciso discurso se explicaron en detalle todas las notables características de baratería. 

Juez Mustil: Juez de Paz… Esta palabra rara [baratería], que figura en pólizas de seguro marítimo desde la época medieval, originalmente tuvo la connotación de ‘superchería’. Sin embargo, hace tiempo quedó establecido que dicho riesgo debe tener un sentido mucho más limitado. En particular: (1) la póliza asegura sólo baratería por parte ‘del capitán y marineros’.  La toma fraudulenta por parte del mismo transportista o de un tercero no está comprendida dentro de este riesgo; (2) no es suficiente mostrar conducta fraudulenta por parte del capitán y la tripulación dirigida contra los intereses de la persona asegurada. La baratería forzosamente implica damnificación del armador, sea él u otro el asegurado por la póliza. La palabra tiene este significado, aún en el contexto de una póliza de mercancía o flete, véase Nutt versus Bourdieu (1786), donde Lord Mansfield CJ indicó sin lugar a contradicción que actos de baratería sólo pueden ser cometidos en contra de los propietarios de un buque; (3) continua diciendo que si el armador tiene conocimiento de la deshonestidad de la tripulación, no podrá haber indemnización por la embarcación ni la mercancía según la póliza.  Según una póliza de casco, el asegurado no satisface los requisitos para probar pérdida por dos razones: (a) porque la pérdida no es por baratería, debido a que el acto no es contrario a sus intereses; y (b) porque no puede recibir indemnización por las consecuencias de sus propios actos ilegales.  Según una póliza de mercancía, el asegurado no satisface los requisitos para probar la pérdida por la simple razón que no existe pérdida por baratería.  

¿Simple desviación o desviación por baratería?

Es necesario distinguir una simple (accidental o negligente) desviación de una desviación por baratería, como se puede apreciar en los casos Ross versus Hunter y Phyn versus Royal Exchange Assurance Co.  La distinción es considerable. Una desviación no es acto de baratería si ocurre debido al desconocimiento del capitán y si no existe intención fraudulenta.

De Cases and Material on Marine Insurance Law, de Susan Hodges

 
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