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Carga de la Prueba de Embalaje Insuficiente en el Seguro MarítimoEntendiéndose como “Carga de la Prueba” la obligación de suministrar las pruebas que avalen una reclamación, en este boletín presentamos una resolución del Tribunal Federal Supremo de Justicia alemán que ilustra los principios básicos de la carga de la prueba de una exclusión de riesgo en el derecho marítimo de seguros alemán. También muestra que algunos tribunales tienden a ser generosos al asumir una exclusión de responsabilidad apenas aparece una probabilidad que la pérdida podría haber sido causada por un riesgo excluido. La aclaración hecha por el Tribunal Federal de Justicia es un recordatorio importante para los tribunales de menor instancia, y también para aseguradores y ajustadores, para que apliquen los principios estrictos sobre la carga de la prueba bajo este contexto. HechosEn un caso reciente los demandantes enviaron una planta de construcción computarizada al interior de dos contenedores desde Alemania a los Estados Unidos. La mercancía fue transportada en camiones desde la fábrica del demandante en Alemania hacia Amberes en donde fueron embarcadas a bordo de un buque con rumbo a Montreal. Desde allí fueron transportados por tren vía Detroit y Chicago hasta su destino final en Minnesota. Cuando se abrieron los contenedores se encontró que la carga se había movido considerablemente y que muchas partes de la maquinaria habían sido destruidas. El cargamento fue asegurado contra todo riesgo basándose en los términos ADS Cargo 73/84 (las Normas Generales Alemanas de Seguro Marítimo para Cargamentos). De modo similar a la Cláusula A del Instituto de Aseguradores de Londres, la Cláusula 1.4.1.5 del ADS Cargo contiene una exclusión de pérdidas por insuficiencia o defectos en el embalaje habitual de la mercancía. Los demandantes exigieron de los aseguradores del demandado en virtud de la póliza de seguro un pago de Euros 184,213.00. Argumentaron que el daño había sido causado por fuertes sacudidas durante el transporte por tren y un brusco manipuleo durante su trasbordo del buque al vagón. El embalaje había sido suficiente y el habitual. Los demandados negaron responsabilidad alegando que la pérdida había sido causada por embalaje insuficiente; argumentaban que las partes de la maquinaria no habían sido estibadas ni apropiada, ni habitualmente; y no habían sido lo suficientemente aseguradas contra sacudidas e impactos durante el tránsito. Los demandantes presentaron una demanda contra los transportistas ante el Tribunal Regional de Frankfurt, el cual resolvió a favor de los demandantes. Esta sentencia fue revertida después con la apelación presentada por los demandados ante el Tribunal Superior Regional de Frankfurt. El Tribunal Regional Superior de Frankfurt sostuvo a favor de los aseguradores que la responsabilidad se hallaba excluida en virtud de la Cláusula 1.4.1.5 de los ADS Cargo. Argumentó este tribunal que el tema sobre si el embalaje era el habitual tenía que ser determinado por los estándares en el lugar de la entrega. El tribunal declaró, basándose en un informe de peritaje, que el embalaje no era apto para soportar los riesgos usuales del transporte combinado en cuestión. En particular, el corrimiento de los paneles de control indicaba que el cargamento no estaba lo suficientemente asegurado dentro del contenedor. Los demandantes apelaron ante el Tribunal Federal Supremo. Sentencia del Tribunal Federal SupremoEn su decisión del 8 de mayo de 2002 el Tribunal Federal Supremo revirtió la sentencia de la Corte Superior Regional de Frankfurt y el caso fue derivado. El Tribunal Federal Supremo declaró que los principios de la carga de la prueba de la causa de la pérdida no habían sido aplicados correctamente. La exclusión por embalaje no habitual contenida en la Cláusula 1.4.1.5 de las ADS Cargo era una exclusión de riesgo sin tener en consideración la falta. El asegurador tenía que probar las precondiciones basándose en los hechos para la aplicación de esta cláusula. Esto debía incluir evidencia que el embalaje insuficiente había sido el causante de la pérdida. Debido a que normalmente existen numerosas causas posibles para una pérdida durante el tránsito, la causa más probable y más efectiva tiene relación con y tiene que ser probada por la parte que depende de la exclusión del riesgo. Por consiguiente, el asegurador sólo podría satisfacer esta carga de la prueba demostrando suficiente evidencia que no hubo otra causa más efectiva que el embalaje no habitual. Para el Tribunal Federal Supremo el Tribunal Superior Regional de Frankfurt no había tomado en cuenta el brusco manipuleo durante el trasbordo como una posible causa de la pérdida, sino simplemente había fallado que no existía evidencia que el embalaje no habitual no había sido la causa de la pérdida. Les hubiera correspondido a los aseguradores probar que el brusco manipuleo podía ser descartado como causa próxima. Además, sobre el asunto que si el embalaje era el habitual o no, el tribunal supremo falló que esto tenía que ser decidido por los estándares del lugar donde la mercancía fue embarcada en el buque, y no por los estándares del lugar de entrega.
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